Tesorería General de la República inició proceso de prescripción de más de un millón y medio de deudas tributarias antiguas
A contar del 15 de abril, la Tesorería General de la República (TGR) comenzó oficialmente el proceso de prescripción de deudas tributarias giradas hasta el 31 de diciembre de 2013, con exclusión de deudas por contribuciones, en el marco de lo establecido por la Ley N° 21.713. En efecto la citada ley en su artículo Décimo Cuarto Transitorio señala:
“Artículo decimocuarto.- El Tesorero General de la República declarará de oficio, dentro de los 180 días siguientes a la fecha de la publicación de la presente ley, la prescripción de las acciones de cobro del Fisco respecto al saldo vigente a dicha fecha, de los tributos, multas, créditos fiscales y sus recargos legales, excluido el impuesto territorial, girados o emitidos hasta el 31 de diciembre de 2013. Para estos efectos, se considerará que cualquier interrupción o suspensión de la prescripción de la acción de cobro no produjo el efecto de interrumpir ni suspender el cómputo del plazo. La facultad se ejercerá mediante normas o criterios de general aplicación que el Tesorero General determinará mediante resolución.”.1
El Tesorero General de la República, dando cumplimiento al mandato legal sobre prescripción tributaria especial contemplada en la Ley de Cumplimiento Tributario, emitió la Resolución Exenta N° 1.223, la cual define los criterios generales para aplicar esta medida.
Los contribuyentes que mantengan deuda fiscal excepto contribuciones (impuesto Territorial) girados o emitidos hasta el 31 de diciembre de 2013, pueden revisar su certificado de deuda actualizado directamente en el sitio web de la Tesorería, tgr.cl.
ALEJANDRO MUÑOZ SEGUEL
Abogado- Socio
¹ El destacado y subrayado es nuestro