INFORMATIVO PRINCIPALES ASPECTOS PROYECTO DE LEY Nº 147-373 Agosto- 2025

Estimados clientes:
El pasado 4 de agosto de 2025, el Presidente Gabriel Boric presentó el Proyecto de Ley Nº 147-373, que propone una reforma tributaria integral con foco en MIPYMES, clase media, equidad territorial y simplificación fiscal.

Objetivos Generales del Proyecto
I. Apoyar a la clase media con beneficios tributarios.
II. Fortalecer el régimen tributario para MIPYMES.
III. Reducir exenciones tributarias injustificadas.
IV. Promover la formalización de nuevos emprendimientos.
V. Asegurar responsabilidad fiscal y equidad territorial.

Medidas para MIPYMES
1. Reformulación del Régimen Transparente
• Beneficia al 90% de las MIPYMES (ingresos ≤ 10.000 UF).
• Exención del impuesto de primera categoría.
• Contabilidad simplificada, depreciación instantánea, reinversión de utilidades.

2. Régimen Alternativo Integrado
• Tasa reducida de 20% (actualmente 25%).
• Transición gradual desde 2029, condicionada a crecimiento económico ≥ 2%.

3. Régimen Inicial Transitorio
• Para nuevos emprendimientos: impuesto único de 1 UTM mensual por 2 años. • Rebaja de IVA: 100% (12 meses), 50% (6 meses), 25% (6 meses).

4. Régimen Monotributo
• Para personas naturales del 80% del Registro Social de Hogares. • Pago mensual de 0,5 UTM.
• Imputación a cotizaciones previsionales y seguros sociales.

Modificaciones al Impuesto Personal
1. Impuesto Global Complementario
• Nuevas tasas marginales:
• 38% sobre ingresos > 120 UTA.
• 40% sobre ingresos > 150 UTA.
• Derogación del artículo 52 bis (autoridades públicas).

2. Deducción por Arriendo Habitacional¹
• Máximo de 8 UTA anuales o 30% del gasto (primeros 2 años). (823.764 X 8 = $6.590.112)
• No aplicable a propietarios de ≥ 3 viviendas.

Reducción de Exenciones
1. Renta Presunta
• Limitada a empresas con ingresos ≤ 2.400 UF.
• Transición en 2027 con límites diferenciados por sector.
2. Fondos de Inversión
• Públicos: impuesto único sube de 10% a 20%.
• Privados: pasan a régimen general, salvo si invierten en capital de riesgo.
Impuesto a las Herencias y Donaciones
• Eliminación de exenciones por donaciones revocables o a familiares. • Pago en 3 cuotas anuales sin intereses.
• Nuevas reglas de valorización de activos.
Impuesto Territorial y Equidad Municipal
• Adultos mayores vulnerables: impuesto territorial no excederá el 5% de sus ingresos.
• Aumento de aportes al Fondo Común Municipal:
• Las Condes: 80% (territorial), 70% (patentes).
• Lo Barnechea: 65% en ambos conceptos.
• Suspensión del reavalúo de 2026 hasta 2027.

Disposiciones Transitorias
• Entrada en vigencia escalonada entre 2026 y 2030.
• Beneficios para nuevos contribuyentes desde enero 2027.
• Régimen Monotributo sujeto a reglamento (plazo: 180 días desde publicación).

Finalmente advertimos que esto es sólo un proyecto de reforma de leyes tributarias, falta que  se desarrolle todo el proceso legislativo y seguramente en dicho proceso muchas de estas  normas propuestas puede que no se conviertan en ley o sean modificadas. Estaremos  informando sobre su evolución y el contenido de algunas propuestas del proyecto con mayor  detalle como, por ejemplo, sobre el gasto por arrendamiento, contribuciones de bienes raíces e  impuesto de herencia y donaciones, entre otros. 

Colaborador: Sr. Alejandro Muñoz S. 
 Abogado Socio 

 

 

 

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